SILVER: VACANT
INTERNATIONAL: Antonio Perez (US)
WBO, IBF: Denys Berinchyk (Ukraine) / Vasyl Lomachenko (Ukraine)
All boxers rated within the top 15 are required to register with the WBC Clean Boxing Program at: www.wbcboxing.com
Continental Federations Champions: | Affiliated Titles Champions: | Others (Not Available ) |
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ABCO: Jerald Into (Phil) | Commonwealth: Sam Noakes (GB) | |
ABU: Issa Aliyah Phiri (Zimbabwe) | Continental Americas: | |
BBBofC: Sam Noakes (GB) | Francophone: | |
CISBB: | Continental Latino American: Ricardo Nunez (Panama) | |
EBU: Sam Noakes (GB) | Mediterranean: | |
FECARBOX: Antonio Perez (US) | USWBC: Keyshawn Davis (US) | |
FECONSUR: Andres Panguilef (Argentina) | Youth: | |
NABF: Raymond Muratalla (US) | AustralAsia: | |
OPBF: Shu Utsuki (Japan) | Middle East: | |
Far East: | ||
India: |
DISCLAIMER:
De acuerdo con las Reglas y Reglamentos del WBC (Las “Reglas”, disponibles en www.wbcboxing.com ), cualquier descontento respecto a la clasificación de un boxeador deberá ser dirigida exclusivamente según el proceso administrativo de apelaciones descrito en las Reglas, incluyendo, pero no limitado a la Regla 6.10. Dicha notificación deberá ser dirigida por escrito al Comité de Apelaciones de Clasificaciones en las oficinas del WBC. Cualquier apelación, conforme a las Reglas deberá ser dirigida a la atención del Comité de Quejas y Apelaciones del WBC en las oficinas ejecutivas del WBC. Además, conforme a las Secciones 5.4 y 5.5 de las Reglas, cualquiera y todas las disputas acerca de una decisión del WBC que no ha sido resuelta por el proceso administrativo de apelaciones están sujetas a mediación obligatoria, y, a partir de entonces, arbitraje obligatorio bajo el Código de Arbitraje Relacionado al Deporte por la Corte de Arbitraje para Deportes, y cualquier fallo de la misma es final, vinculante, y ejecutable de acuerdo con leyes incluyendo la Convención de Nueva York sobre el reconocimiento y aplicación de indemnizaciones arbitrales. *Para boxeadores de los Estados Unidos de América: El WBC deberá, dentro de 7 días después de recibir una solicitud de un boxeador cuestionando la clasificación de un boxeador por el WBC: (1) Proporcionar al boxeador una explicación escrita de los criterios del WBC, su clasificación del boxeador, y las razones o bases para su clasificación (incluyendo una respuesta a cualquier pregunta específica presentada por el boxeador); (2) presentar una copia de su explicación a la Asociación de Comisiones de Boxeo de E.U.